martes, 21 de agosto de 2012

LA PRESUNCIÓN DE INOCENCIA...

    De la Constitución Nacional surge que no se puede tratar como culpable a una persona a quién se le atribuya un hecho punible cualquiera sea el grado de verosimilitud en la imputación, hasta que el estado, por medio de sus órganos pronuncie una sentencia penal firme que declare la culpabilidad y lo someta a una pena.

    Sin embargo luego de pronunciarse la pena y la sentencia al victimario, la victima continua con el estigma de la presunción pública de la mentira, el invento, la fantasía, la venganza,  porque la victima muy pocas veces es tomada como creible en un 100%...
    Si es niña o niño se presume un invento, una mentira, una fantasía y hasta la manipulación de parte de un adulto hacía ese niño con el fin único de joderle la vida a otra persona...
    
    Así como se presume la inocencia del imputado por qué no se presume la credibilidad de la victima?
    Es más fácil seguir autoengañandose al creer que el niño es un mentiroso, a ver la realidad poblacional y mundial en cuanto a las altas tasa de Abuso Sexual Infantil y que mayormente son producto de los familiares más  cercanos... Aquellos en los que depositamos una gran confianza o simplemente nunca sospechariamos de una conducta tan aberrante porque sencillamente es contranatura que un padre, un hermano, un tío, etc,  pueda realizar un acto como este...

    Existen determinados delitos en los que su víctima es esencial, como un ñiño (a) o una mujer. En su conjunto es lo que se viene denominando ¿violencia de género?, y a los que de forma un tanto atípica, también se denominan ¿delitos de género?. Curiosamente, las victimas de este tipo de violencia han de explicar ¿por qué? han sido objeto de un hecho delictivo, dar explicaciones acerca de su vida, incluso, a veces, tener que contar intimidades que nada tienen que ver con el juicio por el delito del que han sido víctimas, y que en innumerables ocasiones rayaría la vulneración del derecho fundamental al honor y a la intimidad personal. Esta situación es lo que la doctrina ha venido denominando ¿victimización secundaria o revictimización?. En el momento en que la victima presta sus declaraciones, ya sea ante la instrucción policial, judicial, o en el propio Juicio, en ocasiones, se le hace revivir nuevamente todos los sufrimientos humillaciones y vejaciones, e incluso se han llegado a minimizar los hechos. Lejos de proteger a la victima, se la ha cuestionado y se la expuesto a nuevos sufrimientos. No debemos olvidar que es eso, ¿una victima?, y no tiene que defenderse de nada, puesto que nada ha hecho.

    Pero increiblemente al contrario de esto la victima debe defenderse de todo y todos, porque a pesar de que la presunción del victimario ya no sea tal, la victima continua siendo señalada como una mala persona.
  ¿Por qué el autoengaño? ¿Por qué seguir desconociendo una realidad tan tangible social y familiarmente? ¿Cuantas victimas más hacen falta para que se deje de callar?

    A pesar de las continuas reformas judiciales y penales las victimas siguen siendo victimas aún despues del debido proceso y el fin de la presunción de inocencia del victimario...

   Muchas e inmensas secuelas quedaran en la victima quien tardará años en una completa sanación de su yo interior psiquico y mental. Mientras en muchas otras situaciones el victimario será enjuiciado y sentenciado y aún así gozará del beneficio de una medida sustitutiva de libertad, en la cual quedará bajo presentación mensual ante el tribunal, y alguna que otra restricción como la no salida del país o estado... 
   Es decir que a pesar de ser culpable gozará plenamente de su libertad, como en el caso de la vecina que comenté en alguna de las primeras entradas en este blog, en donde el victimario fue sentenciado a 3 años y 9 meses pero con el beneficio de una medida sustitutiva de libertad como la que ya anteriormente mencioné... 
    No se trata de venganza, no se trata de desear ni esperar daño para la persona que dañó muy conscientemente a otra, pero yo me pregunto ¿En dónde está la justicia? Si ni siquiera esta persona es sometida a un proceso de recuperación con un psicologo o psiquiatra, mientras que la victima irremediablemente termina por voluntad propia en algún tipo de terapia...


 

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