sábado, 18 de marzo de 2017

Delitos de abuso sexual serán castigados con el todo el peso de la ley.

Mar 17, 2017.  Finalmente se empieza a hacer un esfuerzo por una verdadera justicia!
Por orden de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, a los condenados por delitos de explotación y abuso sexual de niños y adolescentes cometidos en forma continuada no podrán otorgárseles los beneficios procesales establecidos en la ley ni habrá lugar a la aplicación de fórmulas alternativas de cumplimiento de pena. Es decir, si la condena es de 30 años, pasarán ese tiempo tras las rejas, explicó una fuente judicial.
 Tal decisión está contenida en la sentencia Nº 91, publicada el 15 de marzo, redactada por la magistrada Carmen Zuleta de Merchán y avalada por el resto de sus colegas.
En la sentencia, la Sala Constitucional resolvió que los hechos punibles que ocasionan un alto impacto social y que constituyen delitos atroces, por sus graves violaciones a los derechos humanos, son los siguientes: violencia sexual cometida en forma continuada; acto carnal con víctima especialmente vulnerable; prostitución forzada; esclavitud sexual; tráfico ilícito de mujeres, niñas y adolescentes, y trata de mujeres, niñas y adolescentes.
Dichos delitos pertenecen al derecho internacional humanitario y Venezuela se comprometió a castigarlos, según convenios suscritos, indicó la sentencia.
Triple responsabilidad. Explican los magistrados que la responsabilidad del Estado en la violación de los derechos humanos puede ser considerada:
a) de manera principal como actor, cuando se comete la violación de los derechos humanos por funcionarios del Estado;
b) de manera solidaria, cuando el Estado tenía conocimiento de una situación de riesgo “real e inmediato” realizado por los particulares y no adoptó medidas razonables para evitarlo, y
c) de manera subsidiaria, cuando a pesar de no tener conocimiento inmediato de la situación de riesgo real e inmediato, no incorpora en el ordenamiento jurídico (por omisión) o no aplica (por acción) un conjunto de disposiciones normativas que regulen a futuro aquellas conductas violatorias graves de derechos humanos por parte de los particulares.
La Sala Constitucional realizó tales consideraciones al confirmar una condena de 26 años, seis meses y 22 días emitida contra Alfonso Nicolás de Conno Alaya, acusado de abusar de una hijastra por más de 14 años. Sus defensores intentaron que el TSJ anulara esa condena.

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